Normativa aplicable a las minicasas en España (tiny house)

 

Nos llegan muchas preguntas sobre la normativa de las minicasas o «tiny house» en España. Asi que decidimos escribir un post sobre el tema.

Antes que nada, es importante que tengas clara la diferencia que existe entre un bien inmueble y mueble.

El Código Civil en su artículo 334, se refiere a los bienes inmuebles como “tierras, edificios, caminos y construcciones de todo género adheridas al suelo” mientras que el artículo 335 del mismo código, especifica  que los bienes muebles son aquellos que “se pueden transportar de un punto a otro sin menoscabo de la cosa inmueble a la que estuvieren unidos”.

Es por esta razón, que lo primero que tienes que tener en cuenta, es el fin que has pensado para tu minicasa: 

  • Si quieres que esté anclada a un terreno, será considerada un bien inmueble y por lo tanto, deberás seguir el proceso que recoge la Ley de Ordenación de Edificios y el Código Técnico de Edificación.
  • Ahora bien, si la finalidad de tu casa es transportarla, estaremos hablando de un bien mueble. Hasta el momento existe un vacío legal que depende en muchos casos de la propia comunidad o en la mayoría de los casos de la regulación impuestas para las caravanas.

Es importante que tengas en cuenta que para llevar una mini casa remolcada, debes cumplir algunas condiciones. La principal es asegurarte de que tu coche cuenta con las condiciones necesarias para remolcar la mini casa y soportar el peso. En segundo lugar, debes de tener un enganche. La instalación de este debe estar legalizada y debe ser realizada por un profesional.

¿Necesito un carnet especial para conducir una caravana o bien llevar mi mini casa rodante?

No lo necesitarías, si tu minicasa no exceda los 750 kilos de peso. Para darte una idea, nuestra minicasa modelo LUHANKA pesa aproximadamente 1.500kg.

Asi que, tendrás que sacarte el carnet B96 O B+E.

Si tienes el permiso B:

  • La Masa máxima autorizada (MMA) del remolque tiene que ser igual o menor a 750 kg y la MMA del conjunto debe ser igual o menor a 4.250 kg. 
  • La MMA del remolque tiene que ser mayor a 750 kg pero la del conjunto tiene que ser igual o menor a 3.500 kg

Si tienes el permiso B96:

  • El peso del turismo y el remolque no podrá superar los 4.250 kg (el vehículo puede pesar hasta 3.500 kg y el remolque puede superar los 750 kg)

Si tienes el permiso B+E:

  • El conjunto de la MMA del coche y la caravana pueden pesar entre 4.250 kg y 7.000 kg

 

¿Tengo que respetar un límite de velocidad?

Como vehículos especiales, las caravanas o remolques que se pueden conducir con carnet B no pueden superar los:

  • 90 km/h en autopistas y autovías.
  • 80 km/ h en vías secundarias con más de un carril por sentido o con arcén de al menos 1,5 metros de ancho.
  • 70 Km/ h en el resto de vías secundarias.
  • 50km/h en zona urbana

 

¿Dónde aparco mi minicasa rodante?

Tanto si conduces una caravana como si llevas tu mini casa en el remolque, debes tener en cuenta el aparcamiento. Puedes aparcar en cualquier sitio donde esté permitido el estacionamiento y se cumplan las normas de tráfico, aunque puedes llevarte la sorpresa que algún ayuntamiento te imponga una multa según normativas propias que en muchos casos van incluso en contra de la ley de tráfico.

Por este motivo, la recomendación es que te informes de la reglamentación local para poder anticiparte a posibles sanciones.

Es muy importante que tengas en cuenta que hay situaciones en las que tu mini casa rodante puede estar aparcada de forma irregular. Así que te recomiendo que antes de estacionarla revisa que ningún elemento sobresale fuera del perímetro del propio vehículo, es decir, toldo, sillas o mesas.

Si estacionamos bien, es decir cuando lo único que está en contacto con el suelo son los neumáticos, puedes comer o dormir en el interior, ya que sería un espacio privado y se consideraría que  la casa rodante o la caravana está aparcada y no acampada.

Ten en cuenta también, que si estacionas en pendiente debes utilizar medidas de seguridad, como los calzos. Y que únicamente se puede estacionar en el mismo lugar durante 48 horas. 

Revisa también que no viertes líquido alguno en la zona, haces ruidos o provocas molestias a otras personas ya que de hacerlo estaría cometiendo una ilegalidad y por lo tanto siendo susceptible de sanción, ya que se considerará acampada y no estacionada y por lo tanto, mal aparcada.

 

En resumen, no existe una ley o normativa de minicasas en España que te impida ir con tu minicasa de tus sueños a cuestas, únicamente ten en cuenta estos aspectos que hemos considerado y disfruta del viaje. 

 

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